La Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) acaba de hacer público el listado de empresas sancionadas en el último trimestre por vulneración de la Ley de la Cadena Alimentaria (Ley 12/2013 de 2 de agosto). Y… ¡Oh! ¡Sorpresa! De nuevo en esta lista está Garcia Carrión, empresa “repetidora”, que produce y comercializa zumo de naranja y que se publicita en los medios de comunicación como empresa que utiliza naranja española y es “amiga” de los agricultores, pese a que es incapaz de pagar un precio justo por las naranjas que compra, y una y otra vez incumple la Ley de la Cadena Alimentaria.
Estas sanciones impuestas por el MAPA a 30 empresas agroalimentarias por infracciones de determinados preceptos de la Ley de la Cadena Alimentaria (puedes consultarlas en este enlace) suman en total unos 407.410,29 euros, destacando las "multas" a la empresa murciana Limones Lázaro El Lurdo por un total de 175.808 euros, de los que 138.006 euros corresponden a una sanción por no formalizar por escrito los contratos alimentarios, según el último informe dado a conocer por la AICA, correspondiente al primer trimestre del año.
La segunda sanción más elevada se ha impuesto a Natural Fruit Europe, que comercializa bajo la conocida marca Bollo y presume de su sostenibilidad ambiental, con 39.600 euros, debido al incumplimiento de los plazos de pago; seguida por otra sanción de 33.000,6 euros a Pavo y Derivados (Padesa), en este caso por no incorporar en el contrato alimentario el precio recogido en el artículo 9.1.c de la ley.
El grupo familiar J.García Carrión tiene que hacer frente a dos multas que suman unos 12.004 euros, una de 9.003 euros “por realizar modificaciones del precio incluido en el contrato que no están expresamente pactadas por las partes” y otra de 3.001 euros “por no incorporar el precio en el contrato”.
La AICA ha publicitado sanciones impuestas a una serie de compañias más conocidas, como son los casos de Aceites del Sur-Coosur, multada con 3.001 euros por incumplir plazos de pago; y a Schweppes, con 3.001 euros, por no formalizar por escrito los contratos alimentarios.
Tal como informa la AICA, estas sanciones ya son firmes en vía administrativa y/o judicial, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 Bis de la Ley 12/2013, de 2 de agosto de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, relativo a la publicidad de las resoluciones sancionadoras en materia de contratación alimentaria.
Desde ASAJA-Sevilla instamos al Ministerio de Agricultura a elevar la cuantía de las sanciones para que realmente tengan un efecto disuasorio y ejemplificante, dado que en la mayoría de los casos, para empresas que mueven volúmenes de producción tan altos y que tienen unos beneficios tan elevados, la cuantía de las sanciones actuales es extremadamente baja y no está logrando que pongan fin a estas prácticas contrarias a la Ley, como vemos trimestre tras trimestre.
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