Dónde y cómo se pueden quemar restos vegetales en Andalucía
Alivio, aunque parcial, entre los agricultores andaluces.Como publica la periodista Natalia Ortiz en ABC, la Consejería de Sostenibilidad, Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Economía Azul ha informado de que el régimen de autorizaciones para el uso del fuego en terrenos forestales y en zonas de influencia forestal va a continuar continuar funcionando exactamente igual que antes de la publicación de Ley de Residuos para una economía circular (Ley 7/2022 del 8 de abril),impulsada por el Ministerio de Transición Ecológica y que prohíbe con carácter general la quema de restos en terrenos terrenos forestales salvo excepciones.
ASAJA-Sevilla se congratula por la modificación de la Ley de Residuos que prohibía la quema de restos agrícolas y forestales
Una enmienda transaccional votada por mayoría en el Congreso de los Diputados suprime el apartado que prohibía la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario y silvícola
El artículo de la Ley que ahora se reforma, redactado sin debate previo, sin el asesoramiento de expertos y contra toda lógica agronómica y medioambiental, ponía contra las cuerdas al mundo rural en toda España, pues la quema controlada es -cuando no el único- el mejor método para incorporar al suelo los residuos agrícolas y forestales generados tras las recolecciones y las podas
Prohibidas las quemas agrícolas en los espacios forestales de Andalucía
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible recuerda que desde hoy, día 1 de junio hasta el 15 de octubre, época de alto riesgo de incendios forestales en Andalucía, queda prohibida la realización de barbacoas; aún en zonas habilitadas para tal fin (áreas recreativas), las quemas agrícolas y también la circulación de vehículos a motor por los espacios forestales y de influencia forestal, que son aquellos terrenos agrícolas y urbanos situados a menos de 400 metros de los forestales.
Información sobre el uso del fuego para la quema de rastrojos, poda y restos de origen forestal o agrícola
Debido al estado de alarma en el que nos encontramos, a consecuencia de la pandemia por el coronavirus Covid 19 y tras la publicación, el pasado 14 de marzo, del Real Decreto 463/2020, se hace necesario advertir de su incidencia en el uso del fuego dentro de las actividades agrarias que seguimos desarrollando en nuestras explotaciones.
Prohibido el uso del fuego en los espacios forestales y de influencia forestal de Andalucía hasta el 15 de octubre
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible recuerda que desde el 1 de junio hasta el 15 de octubre, período de alto riesgo de incendios forestales en Andalucía, queda prohibido el uso del fuego y el tránsito de vehículos a motor en los espacios forestales y su área de influencia, es decir, en una franja de 400 metros alrededor de estas zonas.
La Junta prorroga la prohibición del uso fuego en espacios forestales y de influencia forestal hasta el 31 de octubre
La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio prorroga hasta el 31 de octubre la prohibición del uso del fuego en espacios forestales y de influencia forestal (franja de 400 metros) en Andalucía, debido a las excepcionales condiciones meteorológicas que sufre la comunidad autónoma. Estas son: elevadas temperaturas y escasez de precipitaciones, lo que provoca que el estrés hídrico de la vegetación sea ahora mayor que al de principio de verano.
Zonas de influencia forestal: Recordamos la prohibición de quemas hasta el 15 de octubre
Aviso IMPORTANTE: Fuera de la zona de peligro (color verde del mapa adjunto, cuyo mayor detalle puede ver AQUÍ ) y, siempre que no se trate de zonas de influencia forestal (franja de 400 metros alrededor de enclaves forestales), SÓLO se podrá proceder a las quemas de rastrojos y restos de cosecha en los casos recogidos por la Consejería de Agricultura en el marco de las normas que rigen la condicionalidad y que se recogen en nuestro boletín nº 700, de fecha 2 de junio, disponible para nuestros asociados en el apartado Asociados/Boletines de esta página web.
Zonas de influencia forestal
Desde el pasado 1 de junio y hasta el próximo 15 de octubre quedan prohibidas la realización de barbacoas, quemas agrícolas, así como el paso de vehículos a motor por espacios forestales y zonas de influencia forestal en Andalucía (franja de 400 metros alrededor de las zonas forestales). Esta medida, establecida durante la época de peligro alto de incendios, está regulada en función de la orden publicada en BOJA el 29 de mayo de 2009, que con carácter permanente establece las prohibiciones para todas las anualidades posteriores a su publicación.
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