El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado una primera relación de más de 140.000 potenciales beneficiarios de las ayudas directas por las borrascas, que corresponden a las primeras medidas anunciadas por el Gobierno Central, con motivo de los daños por borrascas y que se publicaron en el Real Decreto-Ley 5/2026 (que ya comunicamos a nuestros asociados en nuestro Boletín número 890 el pasado 20 de febrero).
Aunque en principio el Gobierno anunció que se trataban de unas ayudas directas y que se abonarían de oficio, el pasado sábado 28 de marzo se publicó una nueva Orden Ministerial modificando plazos y procedimiento, de tal manera, que los beneficiarios tendrán que comunicar expresamente la aceptación de la ayuda para poder percibirla.
La aceptación de la ayuda lleva implícita la declaración responsable en la cual el beneficiario confirma expresamente que ha sufrido daños en su explotación como consecuencia de los fenómenos meteorológicos adversos, y que el importe de la ayuda que tiene asignada no excede del coste de dichos daños. Este paso es imprescindible, ya que estas ayudas públicas están destinadas exclusivamente a compensar pérdidas reales y acreditadas en las explotaciones registradas. En caso de no aceptar expresamente, se entenderá que el interesado renuncia a la ayuda.
El plazo comienza el 7 de abril
El plazo previsto para la aceptación, renuncia o comunicación de errores no comenzará hasta el 7 de abril de 2026 y finalizará el 27 de abril de 2026 (ambos inclusive). Aún estamos pendientes de que se nos aclare y se nos detalle el procedimiento, ya que la información del Ministerio hasta el momento, sólo indica que será por medios electrónicos.
El Ministerio de Agricultura ha publicado un primer listado de potenciales beneficiarios de estas ayudas directas extraordinarias para compensar la pérdida de renta en explotaciones agrarias de Andalucía y Extremadura como consecuencia de las borrascas ocurridas entre los meses de enero y febrero.
Como ya se informó en nuestro Boletín, el listado incluye las cuantías individuales que potencialmente se podrán percibir y que oscilan entre 5.000 y 25.000 €. Este listado se puede conocer de forma anticipada a través de este enlace y también en la nota de prensa del propio Ministerio de Agricultura ampliando esta información.
El Ministerio ha asegurado que se publicará un segundo listado próximamente, por lo que aquellos titulares de explotaciones que no figuren en esta primera relación deberán esperar a dicha publicación (sirva como ejemplo que en el primer listado no figura ninguna sociedad civil, comunidad de bienes o herencia yacente).




