La calidad y el bajo rendimiento graso de la aceituna marcan la actividad oleícola
La campaña de recogida de la aceituna con destino a almazara encara su recta final. Como publica la periodista Inma Lopera en ABC de Sevilla, con más del 80% de la producción entregada en la industria, se puede hablar de las primeras conclusiones de esta nueva campaña, en la que habrá más kilos molturados pero una producción de aceite menor a la estimada inicialmente, al bajar el rendimiento graso del fruto del olivo.
Prorrogadas las normas establecidas para contener el coronavirus hasta el próximo 12 de diciembre
La Presidencia de la Junta de Andalucía publicó el pasado 23 de noviembre en el BOJA un nuevo Decreto (Decreto 10/2020) por el que se establecían nuevas medidas tras la declaración del estado de alarma para contener el coronavirus. En líneas generales y en lo que afecta al sector agrario permanecían los mismos condicionantes establecidos para las limitaciones de actividad, horario, restricciones de movilidad y desplazamientos de la anterior normativa (que estaban vigentes hasta el 23 de noviembre), estableciéndose su nueva vigencia hasta las 00:00 horas del día 10 de diciembre de 2020.
Prorrogadas las normas establecidas para contener el coronavirus hasta el próximo 12 de diciembre
La Presidencia de la Junta de Andalucía publicó el pasado 23 de noviembre en el BOJA un nuevo Decreto (Decreto 10/2020) por el que se establecían nuevas medidas tras la declaración del estado de alarma para contener el coronavirus. En líneas generales y en lo que afecta al sector agrario permanecían los mismos condicionantes establecidos para las limitaciones de actividad, horario, restricciones de movilidad y desplazamientos de la anterior normativa (que estaban vigentes hasta el 23 de noviembre), estableciéndose su nueva vigencia hasta las 00:00 horas del día 10 de diciembre de 2020.
Ampliadas las normas establecidas para contener el coronavirus hasta el próximo10 de diciembre
La Presidencia de la Junta de Andalucía publicó el pasado 23 de noviembre en el BOJA un nuevo Decreto (Decreto 10/2020) por el que se establecen nuevas medidas tras la declaración del estado de alarma para contener el coronavirus.
En líneas generales y en lo que afecta al sector agrario permanecen los mismos condicionantes establecidos para las limitaciones de actividad, horario, restricciones de movilidad y desplazamientos de la anterior normativa (que estaban vigentes hasta el 23 de noviembre), estableciéndose su nueva vigencia hasta las 00:00 horas del día 10 de diciembre de 2020.
Ampliadas las normas establecidas para contener el coronavirus hasta el próximo10 de diciembre
La Presidencia de la Junta de Andalucía publicó el pasado 23 de noviembre en el BOJA un nuevo Decreto (Decreto 10/2020) por el que se establecen nuevas medidas tras la declaración del estado de alarma para contener el coronavirus.
En líneas generales y en lo que afecta al sector agrario permanecen los mismos condicionantes establecidos para las limitaciones de actividad, horario, restricciones de movilidad y desplazamientos de la anterior normativa (que estaban vigentes hasta el 23 de noviembre), estableciéndose su nueva vigencia hasta las 00:00 horas del día 10 de diciembre de 2020.
La actividad en el campo, ¿también debe cerrar a las seis de la tarde?
A partir de las seis de la tarde, «¿puedo descargar mis aceitunas en una almazara que además está en otro municipio?». «Si se me pone un animal de parto en mi explotación ganadera bien entrada la tarde, ¿qué tengo que hacer?». «¿Puedo hacer tratamientos fitosanitarios de noche si por la mañana me lo impide el viento?».
Como publica la periodista Inma Lopera en ABC, estas son sólo algunas de las cuestiones que agricultores y ganaderos de la provincia se vienen preguntando en la última semana, a raíz de que la Junta de Andalucía publicara en el BOJA, el pasado 8 de noviembre, la orden de la Consejería de Salud y Familias por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la crítica situación epidemiológica derivada del Covid-19, y en la que se estableció la limitación horaria de las 18 horas con carácter general en todas las actividades, servicios o establecimientos, aunque con algunas excepciones.
Limitaciones de actividad a partir de las 18:00 horas
La Orden de la Consejería de Salud y Familias, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía, publicada en BOJA de 8 de noviembre, determina la entrada en vigor a las 0:00 horas del día 10 de noviembre de unas limitaciones de actividad a partir de las 18 horas que afectan a todas las actividades, servicios o establecimientos, con las siguientes excepciones:
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