La Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura ha autorizado provisionalmente, hasta que tenga lugar su inclusión definitiva en el Reglamento Específico de Producción Integrada de remolacha azucarera de siembra otoñal en Andalucía, la utilización de las siguientes sustancias activas para el control de las plagas que se citan:
SUSTANCIA ACTIVA | PLAGA |
Foramsulfuron+tiencarbazona-metil | Malas hierbas |
Desmedifam+ fenmedifam | Malas hierbas |
Azoxistrobin+ciproconazol | Cercospora, roya, oidio |
Procloraz + propiconazol | Cercospora |
Sulfato cuprocálcico | Cercospora |
Bacillus thuringiensis kurstaki (cepa SA-12) | Orugas |
Betaciflutrin | Orugas, cásida, lixus, cleonus |
Cipermetrin | Orugas, cásida, lixus, cleonus |
Deltametrin | Orugas, cásida, lixus, cleonus |
Lambda cihalotrin | Orugas |
Esta decisión se ha tomado una vez estudiadas las características estos productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental.
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondientes hojas de registro.