Una de las principales novedades de la Política Agrícola Común (PAC) que ha entrado en vigor esta campaña 2023, son los regímenes en favor del clima y el medio ambiente, o más conocidos como Ecorregímenes. Se trata de regímenes voluntarios para el agricultor, consistentes en prácticas en favor del clima y el medio ambiente, las cuales van más allá de la línea de base (condicionalidad reforzada).
En la Sección 4ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, del 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, se exponen los requisitos generales y específicos para cada una de las prácticas medioambientales disponibles, que los agricultores y ganaderos deberán respetar para poder percibir el pago directo anual por hectárea.
El pago anual de estas ayudas se podrá realizar en dos periodos; un anticipo del 70 % del importe total al que tiene derecho cada agricultor o ganadero, que se podrá realizar del 16 de octubre al 30 de noviembre del año de solicitud de la ayuda, y un pago del saldo que se realizaría entre el 1 diciembre y el 30 de junio del año natural siguiente al de solicitud. En el artículo 124.2 del Real Decreto antes citado, se encomienda al Fondo Español de Garantía Agraria O.A. establecer, antes del 15 de septiembre, los Importes Unitarios (IU) provisionales para el pago del anticipo, partiendo de las asignaciones financieras indicativas recogidas en el anexo XI del Real Decreto y teniendo en cuenta la información sobre las superficies solicitadas.
Por tanto, los IU provisionales de esta campaña 2023 se han establecido con los datos de superficies solicitadas por los agricultores y ganaderos en su solicitud única de ayudas de la PAC, y comunicadas al FEGA por parte de las comunidades autónomas (CCAA).
A la hora de calcular los IU provisionales es preciso tener en cuenta que en las prácticas de siembra directa y de cubiertas vegetales, la normativa establece un complemento de plurianualidad de 25 €/ha, que debe ser pagado íntegramente a los titulares que hayan contraído el compromiso de realizar nuevamente estas prácticas en la próxima campaña. Asimismo, para el cálculo se ha tenido en cuenta la condición de insularidad de las superficies de las Islas Baleares en los Ecorregímenes en los que se aplica.
En base a todo lo anterior, los importes unitarios provisionales para el pago de anticipos quedan fijados en:
En el caso del ecorrégimen de Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en pastos mediterráneos, como la superficie solicitada es superior a la planificada en el Plan
Estratégico Nacional (PEPAC), ha sido preciso establecer un factor corrector de superficie de 0,9826, que se deberá aplicar para reducir las superficies de los beneficiarios de esta ayuda.
Estos importes unitarios provisionales podrán ser revisados a la hora de realizar el primer pago del saldo a partir del 1 de diciembre, el cual podrá alcanzar hasta el 90% del importe total de la ayuda.
Posteriormente, a partir de la nueva información que remitan las comunidades autónomas correspondiente a la superficie total determinada para el cobro de las ayudas en abril del próximo año, se establecerá el importe unitario definitivo, con el cual se podrá realizar el segundo pago del saldo de las ayudas al 100%.
A través de la página web del FEGA puede obtener más información sobre los Ecorregímenes: https://www.fega.gob.es/sites/default/files/files/document/230306_pmf4ecorregimenes_v4.pdf