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El FEGA fija el importe unitario provisional de las Ayudas Asociadas a la superficie para la campaña 2023

19 Sep 2023 No comment  

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha fijado el importe unitario provisional de las Ayudas Asociadas a la superficie para la campaña 2023.

La Sección 1ª del Capítulo III del Título III del Real Decreto 1048/2022, del 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, establece una serie de intervenciones en forma de pagos directos asociados a los agricultores.

El objetivo de estas ayudas es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones a través de su sostenibilidad y competitividad, reduciendo así el riesgo de abandono de una actividad productiva que también juega un importante papel desde el punto de vista medioambiental.

El pago de estas ayudas se realiza en dos periodos; un anticipo del 16 de octubre al 30 de noviembre del año de solicitud de la ayuda, y posteriormente se efectuaría el pago del saldo, entre el 1 de diciembre al 30 de junio del año natural siguiente al de solicitud.

Para la campaña 2023, el pago del anticipo podrá alcanzar hasta el 70% del pago total. El Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA) establece los importes unitarios provisionales con los que se realiza el pago del anticipo, en base a la superficie por la que se ha solicitado cada una de las intervenciones, dato obtenido de la información facilitada por las comunidades autónomas, garantizando el respeto de las asignaciones financieras indicativas establecidas en el anexo XIX del Real Decreto 1048/2022, del 27 de diciembre.

Para las ayudas a las que se realiza anticipo, las asignaciones financieras del mencionado anexo XIX para la campaña 2023 son:

- Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal. Plan proteico:

o Ayuda a la producción de legumbres: 6.727.658 €.
o Ayuda a la producción del resto de leguminosas: 40.794.452 €.
o Ayuda a la producción de semillas certificadas de las legumbres: 507.638 €.
o Ayuda a la producción de semillas certificadas del resto de leguminosas: 3.222.340 €

-Ayuda asociada a la producción sostenible de arroz: 14.200.000 €.

- Ayuda asociada a la producción sostenible de remolacha azucarera:

o Zona de producción de siembra primaveral: 14.350.000 €.
o Zona de producción de siembre otoñal: 2.650.000 €.

-Ayuda asociada a la producción sostenible de tomate para transformación: 9.300.000 €.

-Ayuda asociada a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación:

o Península: 13.350.212,94 €.
o Baleares: 648.546,31 €.

-Ayuda asociada a la producción tradicional de uva pasa: 680.000 €.

- Ayuda asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental: 27.594.584,30 €.

Por tanto, los importes unitarios provisionales para el pago de anticipos quedan fijados en:

cuadro ayudas superficie


Estos importes unitarios provisionales podrán ser revisados a la hora de realizar el primer  pago del saldo a partir del 1 de diciembre, el cual podrá alcanzar hasta el 90% del importe total de la ayuda.

Posteriormente, a partir de la nueva información que remitan las comunidades autónomas correspondiente a la superficie total determinada para el cobro de las ayudas en abril del próximo año, se establecerá el importe unitario definitivo, con el cual se podrá realizar el segundo pago del saldo de las ayudas al 100%.

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