La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha ampliado el plazo previsto para solicitar las ayudas para la creación de empresas por parte de jóvenes agricultores.Tras el cambio, la fecha límite de tramitación de la documentación necesaria para acceder a los incentivos dirigidos a jóvenes será el 14 de enero de 2019, retrasándose por tanto un mes la fecha inicial.
La Consejería ha atendido así a la petición de ASAJA , que solicitó una ampliación de esta convocatoria, basada en que durante el tiempo que ha permanecido abierta la convocatoria (desde el 15 de septiembre hasta hoy 14 de diciembre de 2018), se habían tramitado por parte de la Administración nuevas bases reguladoras, que recogían importantes modificaciones en esta línea de ayudas y además, las Organizaciones Agrarias no hemos tenido acceso a algunas herramientas de cálculo del programa oficial que la Junta de Andalucía establece para la tramitación de estas solicitudes desde el inicio del periodo de solicitudes.
Las ayudas dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores están dirigidas a hombres y mujeres de entre 18 y 40 años que se instalan por primera vez en una explotación agraria de Andalucía y la mantienen durante al menos cinco años. De esta forma, el Gobierno regional apoya acciones empresariales que contribuyen a la entrada en el sector agrario de jóvenes agricultores adecuadamente formados, lo que garantiza el relevo generacional en el sector.
Adelanto de pagos para jóvenes
Con el fin de hacer más accesible la entrada en el sector agrario de aquellos jóvenes que buscan instalarse por primera vez en una explotación agraria de Andalucía, Agricultura está trabajando también en una modificación de las bases reguladoras de estas ayudas para adelantar el momento en que las personas beneficiarias reciben los incentivos asociados al cumplimento de su plan empresarial, de forma que puedan disponer de los mismos desde los primeros pasos que den para incorporarse a la actividad agraria.
En concreto, los beneficiarios recibirán el primer pago (correspondiente al 25% del importe total de la ayuda) junto con la resolución favorable de su solicitud de ayuda, momento en que ha quedado acreditado que han realizado alguna de las actuaciones indicativas de estar en proceso de instalación. Tras esta fase, los agricultores pueden pedir el segundo pago de la subvención (50%) tras justificar la titularidad de la explotación y el alta en el censo de empresarios agrícolas y en el Régimen Especial de Trabajadores Agrarios. Finalmente, el tercer abono (25%) se efectúa una vez acreditada la correcta ejecución del correspondiente plan empresarial.
Actualmente, el primer pago estaba supeditado a la acreditación de la titularidad de la explotación y el alta en el censo de empresarios agrícolas y en el Régimen Especial de Trabajadores Agrarios, por lo que algunos jóvenes encontraban problemas para acceder a la financiación necesaria en las primeras fases de su proceso de instalación, como por ejemplo para acceder a la titularidad de la tierra.