La Comisión Europea ha publicado en el Diario Oficial de la UE, con fecha 14 de junio, el Reglamento de Ejecución 2018/866 de 13 de junio de 2018 que fija para el año civil 2018 el porcentaje de ajuste de los pagos directos de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
En dicho Reglamento la UE ha fijado que los importes de los pagos directos que superen la cantidad de 2.000 euros y deban concederse a los agricultores por las solicitudes de ayuda presentadas con respecto al año civil 2018, se reducirán aplicándoles un porcentaje de ajuste del 1,422184 %.
El objetivo de esta medida es crear una reserva destinada a facilitar ayuda complementaria al sector agrícola en caso de crisis importantes que afecten a la producción o distribución de productos agrícolas mediante la aplicación, a principios de cada año, de una reducción de los pagos directos a través del mecanismo de disciplina financiera a que se refiere el artículo 26 de dicho Reglamento.
El importe de la reserva para crisis en el sector agrícola, incluido en el proyecto de presupuesto de 2019 de la Comisión, asciende a 468,7 millones de euros a precios corrientes. Para cubrir dicho importe, el mecanismo de disciplina financiera debe aplicarse a los pagos directos en virtud de los regímenes de ayuda que figuran en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3) en lo que respecta al año civil 2018.
Las previsiones para los pagos directos y los gastos relacionados con el mercado determinadas en el proyecto de presupuesto de 2019 de la Comisión indican que no es necesario aplicar ninguna disciplina financiera más.