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Flexibilización en las prohibiciones de movimientos ganaderos por lengua azul

Para evitar distorsiones comerciales, la Consejería andaluza de Agricultura ha flexibilizado hasta el 15 de junio de 2019 los movimientos de animales sensibles a la enfermedad en zonas restringidas de Andalucía
26 Abr 2019 No comment  

El pasado 15 de abril finalizó el periodo estacionalmente libre de vectores para el virus de la lengua azul en España. Con objeto de evitar las posibles distorsiones comerciales que pueda ocasionar este hecho y considerando que el riesgo es mínimo, al tratarse de movimientos dentro de la misma zona restringida de además la misma Comunidad Autónoma, la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura  ha autorizado, hasta el próximo 15 de junio de 2019, el movimiento de animales de las especies bovina y ovina no vacunados frente a lengua azul con origen y destino en la zona restringida por lengua azul de Andalucía, con la condición de que los mismos no presenten síntomas de la enfermedad en el día de su transporte y éste sea realizado en vehículos desinsectados antes de la carga. Así se recoge en la Resolución de 24 de abril de 2019 que adjuntamos con esta noticia.

Explotación vacunada

Asimismo, la Resolución también resuelve que se considerará explotación vacunada aquella explotación en la que, durante el último año, se ha llevado a cabo una vacunación y revacunación en caso de primovacunaciones, de acuerdo a las especificaciones de la vacuna y que ésta haya alcanzado la totalidad de animales ovinos y bovinos mayores de 3 meses presentes en la explotación en la fecha de vacunación. Para aquellas explotaciones vacunadas en los cinco primeros meses de 2018, se permitirá la revacunación hasta 4 meses después tras haberse cumplido los 12 meses de la anterior vacunación en el rebaño y siempre que la misma sea practicada antes del 15 de junio de 2019, considerándose durante ese tiempo explotación vacunada.

La Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera argumenta estas decisiones por la dificultad para la completa vacunación de algunos rebaños o animales de las zonas de vacunación de Andalucía, debido al importante censo de animales vacunables, y el análisis de riesgo del movimiento de animales sin vacunar destinados a cebo en una zona ya restringida frente a los serotipos 1 y 4, en la que además la mayoría del censo de animales de especies sensibles a la lengua azul están inmunizados frente a ella tras varios años de vacunación y lo inaplazable de determinados movimientos de animales.

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