La bajada del IVA, una carga financiera mas para los agricultores
El anuncio del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sobre una nueva prórroga de la medida que rebaja el IVA a los alimentos básicos, no ha tardado en provocar reacciones en el sector agrario, que si bien valora su influencia en el mantenimiento del consumo, lamenta que no se articule ninguna compensación para los perjuicios económicos que supone a gran parte de los productores, como publica en ABC la periodista Natalia Ortiz.
El sector agrario andaluz bloquea mañana el puerto de Algeciras
• Fecha: JUEVES, 22 DE FEBRERO DE 2024
• Hora: 10,00
• Punto de encuentro: CAMPO DE FÚTBOL NUEVO MIRADOR DE ALGECIRAS. Polígono Industrial La Menacha, junto al Hostal Blumen. Algeciras.
• Desde el punto de encuentro se hará un recorrido a pie hacia la entrada norte del Puerto de Algeciras, donde se quedarán concentrados.
Solución a las dudas fiscales que más preocupaban al campo andaluz
El ejercicio agrario no solo está siendo difícil a pie de campo, también en la oficina. Y es que, como publica la periodista Natalia Ortiz en ABC, la normativa que ha llegado aparejada a la nueva PAC, así como muchas novedades fiscales puestas en marcha recientemente, hacen que la actividad administrativa de muchas explotaciones se esté eternizando y surjan numerosas dudas.
¿Sabes cuáles son las novedades fiscales para este 2023?
En los últimos días del mes de diciembre se publicaron una gran cantidad de normas que contenían medidas tributarias de interés para nuestro sector, concretamente 5 leyes y un Real Decreto: Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (BOE 22/12/2022); la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas (BOE 24/12/2022); la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOE 24/12/2022); la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias (BOE 28/12/2022); el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad (BOE 28/12/2022), y la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023 (BOJA 30/12/2022).
Los agricultores ‘financian’ la bajada IVA del Gobierno
El año 2023 ha llegado cargado de novedades fiscales para el sector agrario. Como publica la periodista Natalia Ortíz en ABC, muchas de estas novedades todavía están rodeadas de dudas, y otras, sin margen para estudiarlas antes de tener que aplicarlas. También hay algunos beneficios que merece la pena conocer a la hora de enfrentarse a la carga administrativa que conlieva, sin remedio, cualquier actividad económica y, por ende, la agraria.
ASAJA demanda al Gobierno medidas urgentes que compensen las subidas de combustible y energía
Inmersos en plena campaña de cereales, los agricultores ven cómo los gastos de cosecha se disparan como consecuencia de las subidas diarias del precio del combustible. Una cosechadora consume al día unos 400 litros de gasóleo, es decir, 677, 2 euros/día, a lo que hay que sumar el consumo de tractores y/o camiones que realizan las tarea de acarreo del grano para su almacenamiento, unos gastos que resultan desorbitados y que merman la rentabilidad de las explotaciones cerealistas de forma alarmante. El resto de sectores tampoco salen mejor parados y la ganadería soporta una subida indiscriminada del precio de los piensos que la aboca al sacrificio de animales.
Ampliado hasta el 31 de enero el plazo para presentar las renuncias o revocaciones a métodos y regímenes especiales de tributación
El pasado 2 de diciembre se publicó la Orden por la que se desarrollaba para el año 2022 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y el Régimen Especial Simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Dicha Orden establece en su artículo 5 que los contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades a las que sea de aplicación el método de estimación objetiva y deseen renovar o revocar su renuncia para el año 2022, dispondrán para ejercitar dicha opción desde el día siguiente a la fecha de publicación de la citada Orden en el BOE, hasta el 31 de diciembre del año 2021.
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