El importe definitivo de la ayuda a la remolacha azucarera en la zona sur asciende a 354,10€/ha
La ayuda asociada a la remolacha azucarera, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los agricultores que produzcan remolacha azucarera que cumplan los requisitos establecidos en Sección 6ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.
El objetivo de esta ayuda es contribuir al mantenimiento del cultivo de la remolacha azucarera en las zonas tradicionales de producción, así como favorecer el adecuado suministro de materia prima a la industria transformadora asociada para asegurar la permanencia del complejo agroindustrial remolachero-azucarero.
El FEGA fija en 94,17 euros el importe unitario definitivo de la ayuda para vacas nodrizas
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha fijado el importe unitario definitivo de la ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas para la campaña 2016.
El objetivo de esta ayuda es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones que mantienen vacas nodrizas y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva, que, como reconoce el FEGA, juega un importante papel desde el punto de vista medioambiental.
El FEGA fija en 11,65 euros el importe unitario provisional de la ayuda asociada al ovino
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha fijado el importe de la ayuda asociada al ovino, destinada a los ganaderos que cumplan los requisitos establecidos en el Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre, con el objetivo de garantizar la viabilidad económica de las explotaciones de ovino y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva.
Para esta ayuda se diferencian dos regiones: España peninsular y Región Insular. Para el sub-régimen de ayuda para las explotaciones de ovino en región Peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2016 de 124.395.055,77 €, a repartir entre 10.670.069 animales con derecho a pago (1.479.731 en Andalucía), según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario provisional de 11,658318 €/animal.
Fijados los importes provisionales para la ayuda asociada sectorial al vacuno de cebo
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha fijado los importes de la ayuda asociada sectorial para las explotaciones de vacuno de cebo en la campaña 2016. El objetivo de esta ayuda es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones de vacuno de cebo.
Para esta ayuda se diferencian dos regiones, España peninsular y Región Insular, diferenciándose éstas a su vez entre los animales que han sido cebados en la misma explotación de nacimiento o en cebaderos comunitarios gestionados por productores de vaca nodriza, de aquellos animales que han sido cebados y proceden de otra explotación.
El importe unitario de la ayuda a frutos de cáscara asciende a 8,43 €/ha
El Fondo Español de Garantía Agraria ha establecido el importe unitario de la ayuda nacional financiada por el MAPAMA a los frutos de cáscara, correspondiente a la campaña 2016/2017, en 8,43 euros por hectárea.
La superficie con derecho a ayuda a nivel nacional alcanza las 445.053,71 ha, 3.066 Ha menos que la campaña anterior.
El FEGA fija en 72,08 €/ha el importe unitario provisional de la ayuda asociada a las legumbres de calidad
La ayuda asociada a las legumbres de calidad, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los agricultores que produzcan legumbres de calidad con destino a la alimentación humana que cumplan los requisitos establecidos en Sección 5ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.
El objetivo de esta ayuda es el fomento y la defensa de la producción tradicional de legumbres para consumo humano, que permita mantener una producción autóctona de calidad ante la drástica reducción que ha tenido lugar en los últimos años.
El importe unitario provisional de la ayuda asociada a la remolacha azucarera en la zona sur asciende a 340,88€/ha
La ayuda asociada a la remolacha azucarera, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los agricultores que produzcan remolacha azucarera que cumplan los requisitos establecidos en Sección 6ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.
El objetivo de esta ayuda es contribuir al mantenimiento del cultivo de la remolacha azucarera en las zonas tradicionales de producción, así como favorecer el adecuado suministro de materia prima a la industria transformadora asociada para asegurar la permanencia del complejo agroindustrial remolachero-azucarero.
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