Ampliado hasta el 31 de enero el plazo para presentar las renuncias o revocaciones a métodos y regímenes especiales de tributación
El pasado 2 de diciembre se publicó la Orden por la que se desarrollaba para el año 2022 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y el Régimen Especial Simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Dicha Orden establece en su artículo 5 que los contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades a las que sea de aplicación el método de estimación objetiva y deseen renovar o revocar su renuncia para el año 2022, dispondrán para ejercitar dicha opción desde el día siguiente a la fecha de publicación de la citada Orden en el BOE, hasta el 31 de diciembre del año 2021.
Últimas noticias
-
ASAJA-Sevilla celebrará en Cazalla de la Sierra la 41ª Jornada Ganadera, Forestal y de la Dehesa
Leer más...
-
Andalucía espera su mayor cosecha de algodón de los últimos años
Leer más...
-
ASAJA-Sevilla celebrará el 15 de septiembre su 44ª Jornada de Aceituna de Mesa para analizar el escenario mundial, la presente campaña y la seguridad en el campo
Leer más...
-
Drones en agricultura y ganadería: aplicaciones reales, oportunidades y requisitos legales
Leer más...
-
Comienza el período para contratar el seguro de cultivos herbáceos extensivos para la cosecha 2027
Leer más...
-
ASAJA celebra la suspensión de las importaciones de carne de Brasil, país del Mercosur, y exige firmeza a la UE
Leer más...




