Se aprueban las características del primer tramo de la línea de avales del ICO para empresas y autónomos
El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, prevé una línea de avales por importe máximo de 100.000 millones de euros que aportará el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para la cobertura de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos.
Los autónomos que compatibilicen salario y jubilación al 100% deben formalizar un contrato por cuenta ajena en su ámbito de actividad
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) ha modificado el criterio de la jubilación activa del trabajador autónomo que debe acreditar la formalización, como empleador, de un contrato de trabajo para el desempeño de un puesto de trabajo relacionado con la actividad por la que haya dado lugar a su alta en el sistema de seguridad social como trabajador autónomo.
En definitiva que los autónomos que compatibilicen salario y jubilación al 100% deben formalizar un contrato por cuenta ajena en su respectivo ámbito de actividad.
Ayudas para la creación, consolidación y mejora de las empresas de trabajo autónomo
El pasado 21 de diciembre de 2016, la Junta de Andalucía publicó en el BOJA una normativa para la concesión de subvenciones del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo, que recoge las siguientes líneas subvencionables:
Quedan EXCLUIDOS, no siendo beneficiarios de estas ayudas:
1-Socios industriales de sociedades regulares colectivas y sociedades comanditarias.
2-Quienes se constituyan o se incorporen a comunidades de bienes y socios y socias de sociedades civiles sin personalidad.
3-Socios de sociedades mercantiles, sociedades laborales y cooperativas y aquellas personas que ejerzan funciones de dirección o gerencia en las mismas.
4-Autónomos colaboradores.
5-Autónomos económicamente dependientes (TRADE).
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