Novedades en materia de matriculación de maquinaria y suspensión de plazos ITV/ITEAF
Tras quedar suspendida temporalmente la atención al público en las oficinas de Tráfico, y con objeto de asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población, se ha publicado, con fecha de 3 de abril, una Orden por la cual, en procedimientos de matriculación ordinaria o cambios de titularidad de vehículos, puedan sustituirse determinados requisitos (que no pueden tramitarse telemáticamente), por una declaración responsable. (Según modelo dispuesto en el Anexo II de la orden, que se adjunta: Orden_BOEA_2020_4260 ).
Novedades en materia de matriculación de maquinaria y suspensión de plazos ITV/ITEAF
Tras quedar suspendida temporalmente la atención al público en las oficinas de Tráfico, y con objeto de asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población, se ha publicado, con fecha de 3 de abril, una Orden por la cual, en procedimientos de matriculación ordinaria o cambios de titularidad de vehículos, puedan sustituirse determinados requisitos (que no pueden tramitarse telemáticamente), por una declaración responsable. (Según modelo dispuesto en el Anexo II de la orden, que se adjunta: Orden_BOEA_2020_4260 ).
¿Deben estar matriculados los tractores y demás maquinaria agrícola si no salen a vía pública?
ASAJA Sevilla ha enviado una consulta por el procedimiento escrito a la Dirección General de Tráfico para aclarar la obligación de matriculación de los tractores que no circulan por vía pública. Las cuestiones planteadas fueron las siguientes:
1.- ¿Deben estar matriculados los tractores y demás maquinaria agrícola si no salen a vía pública?
2.- En caso de que no dispongan de matrícula por no ser obligatoria, ¿es posible contratar un seguro de circulación? En caso negativo, ¿estaría cubierto bajo la póliza de responsabilidad civil de la explotación?
Novedades sobre las ITV de los tractores agrícolas
El pasado mes de mayo de 2018 entró en vigor el Real Decreto 930/2017, por el que se regula la inspección técnica de vehículos. Nace para adaptar la legislación española en este ámbito a la Directiva Europea 2014/45/UE, y aprovecha para unificar la normativa de las ITV, que antes se regulaba en distintas normas.
En lo que afecta más directamente a la maquinara agrícola, la principal novedad es que los tractores agrícolas o forestales, con una velocidad máxima de fabricación superior a 40 km/h; pasan de estar exentos hasta los 8 años desde su primera matriculación, a tener que pasar la ITV a los 4 años desde su matriculación.
ASAJA-Sevilla recomienda matricular la maquinaria remolcada antes de que finalice el año
Con motivo de la aplicación a partir del 1 de enero de 2019 del Reglamento Europeo 167/2013, se establecen nuevos requisitos de homologación para los remolques y máquinas agrícolas remolcadas.
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