06 noviembre, 2026

Las actividades agrarias tendrán una reducción excepcional del 10 % en el rendimiento neto de la declaración de la renta en 2027

También dispondrán de una reducción del 35 % por la adquisición de gasóleo agrícola y del 15 % por la compra de fertilizantes adquiridos en 2026

ASAJA celebra la aprobación de unas medidas fruto mucho tiempo de trabajo y reivindicación, que se hicieron realidad ayer con su publicación en el BOE

El Ministerio de Hacienda ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la orden que desarrolla el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para 2027 y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que incluye medidas excepcionales de reducción fiscal para agricultores y ganaderos.

La orden establece una reducción general del rendimiento neto del 10 % que será aplicable a todas las actividades agrarias. Al resto de actividades económicas se le aplica una reducción del 5 %. 

 Además, los agricultores y ganaderos que declaren por el sistema de módulos podrán minorar el rendimiento neto previo un 35% por adquisición de gasóleo agrícola y un 15% por compra de fertilizantes adquiridos en 2026.

ASAJA valora con gran satisfacción la aprobación de estas medidas, fruto de mucho tiempo de trabajo y de una intensa labor reivindicativa de la organización para lograr su puesta en marcha. Un éxito que se hizo realidad ayer con su publicación en el BOE.

 El objeto de estas medidas, que suponen una rebaja de la base imponible del IRPF del orden de 860 millones de euros, es paliar los efectos que el incremento de los precios del gasóleo y los fertilizantes como consecuencia del conflicto en Oriente Medio han causado en la rentabilidad de las explotaciones agrarias. Las medidas benefician a los 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por el método de estimación objetiva del IRPF (módulos).