Desde el año 2009 es obligatoria la inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de los equipos de tratamientos fitosanitarios, así como los equipos de distribución de fertilizantes arrastrados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso, que no estaban obligados por la legislación anterior.
Las máquinas de inscripción obligatoria son todas las que vayan a utilizarse en la actividad agrícola, ganadera o forestal, y que pertenezcan a algunode los siguientes grupos: Tractores agrícolas y forestales de cualquier tipo y categoría; motocultores; tractocarros; máquinas automotrices de cualquier tipo, potencia y peso; máquinas arrastradas de más de 750 kg de masa máxima con carga admisible del vehículo en circulación (MMA); remolques agrícolas; cisternas para el transporte y distribución de líquidos; equipos de tratamientos fitosanitarios arrastrados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso; equipos de distribución de fertilizantes arrastrados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso; las máquinas no incluidas en algunos de los apartados anteriores, para cuya adquisición se haya concedido un crédito o una subvención oficial; y aquellas máquinas no contempladas anteriormente y que determinen las comunidades autónomas.
Desde ASAJA Sevilla asesoramos a los socios en los siguientes trámites: información de maquinaria ya inscrita, altas, bajas y transferencias de titularidad.
Recordamos que es importante tener todo actualizado, entre otras cuestiones, para poder acceder en su caso a ayudas públicas, como las del Plan Renove de maquinaria agrícola.
ITEAF
También recordarmos que los equipos de aplicación de productos fitosanitarios,tienen obligación de pasar una Inspección Técnica (ITEAF) por una empresa autorizada, en un plazo de 5 años desde la fecha de compra, y posteriormente cada 3 años.
La normativa fijaba como plazo máximo para que las máquinas antiguas realizaran la primera inspección el 26 de noviembre de 2016.
Con objeto de facilitar las citadas inspecciones, ASAJA-Sevilla tiene suscritos convenios con algunas empresas para que nuestros socios tengan un trato preferente al realizar la inspección en su municipio o explotación. Como requisito imprescindible, es necesaria su inscripción previa en el ROMA, como hemos indicado.
Para más información pueden contactar con nuestros Servicios Técnicos.