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Inscribir en el ROMA los equipos de aplicación de fitosanitarios es obligatorio para su próxima inspección

07 Abr 2016 No comment  

El Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios, establece el marco normativo en España que regula los controles oficiales (ITV) para la verificación del cumplimiento de los requisitos sobre mantenimiento y puesta a punto de estos equipos, la normativa básica en materia de inspección y las normas necesarias de coordinación con las Comunidades Autónomas.

Desde ASAJA Sevilla recordamos, como ya se hizo en nuestro Boletín número 659 de 1 de junio de 2015, que antes del 26 de noviembre de 2016, todos los equipos de aplicación tienen que haber sido inspeccionados al menos una vez. Sin embargo, actualmente, y a pesar que desde ASAJA-Sevilla lo hemos reclamado, aún estamos pendientes de la normativa que desarrolle en Andalucía el procedimiento para cumplir con la citada obligación. Desde ASAJA hemos trasladado que somos la Comunidad Autónoma que va en este procedimiento más atrasada, y se nos ha comunicado que previsiblemente, hacia finales del mes de abril, tendríamos el borrador de norma que establezca el plan de inspecciones en Andalucía.

Tampoco compartimos la opción de que se haya adjudicado un sistema de inspecciones en exclusiva a la empresa pública VEIASA, ya que, como permite el Real Decreto, podrían haberse constituido como ITEAF (Estaciones de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios) otras entidades, tanto públicas como privadas.

Se trataría de Inspecciones Técnicas a pulverizadores hidráulicos, pulverizadores, hidroneumáticos, pulverizadores neumáticos, pulverizadores centrífugos, espolvoreadores y equipos de aplicación montados en aeronaves.

Recordamos que como requisito previo y para complementar el censo de estos equipos a estos efectos, sigue abierto el plazo para su inscripción en el ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola). Esta inscripción será necesaria y previa a la inspección. La obligación de inscribir estos equipos en el ROMA viene impuesta por el Real Decreto 1013/2009, de 19 de junio, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola.

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