Beneficios fiscales para fincas forestales
Ante las numerosas consultas de distintos socios sobre los beneficios fiscales para Sociedades Forestales establecidos en la Ley 21/2015, de 20 de julio, los servicios técnicos de ASAJA-Sevilla han elaborado un resumen con dichos beneficios que pueden ser aplicables a fincas forestales.
Hemos publicado este resumen en nuestro boletín número 680, que tienes a disposición en el apartado de Asociados.
Realizar cualquier trabajo forestal requiere de autorización y del Plan de Prevención de Incendios Forestales en vigor
La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía ha informado a ASAJA-Sevilla de que durante la presente campaña se aplicará estrictamente la normativa prevista en el Reglamento de prevención y lucha contra los incendios forestales (Decreto 247/2001).
Por tanto, para la realización de cualquier trabajo forestal (como por ejemplo la saca de corcho), será necesaria la obtención de la pertinente autorización, para lo cual es requisito indispensable que el terreno donde se pretenda actuar cuente con el correspondiente Plan de Prevención de Incendios Forestales en vigor (no bastará la simple presentación de dicho plan para su aprobación).
Comienza la época de alto peligro de incendios forestales
La medida está regulada en función de la orden publicada en BOJA el 29 de mayo de 2009, que ya con carácter permanente establece las prohibiciones desde el 1 de junio al 15 de octubre para todas las anualidades posteriores a su publicación.
La finalidad de esta orden es evitar que cualquier negligencia pueda provocar un incendio forestal durante esta época en la que, por sus características meteorológicas, el peligro y propagación de los incendios aumentan de forma considerable. Las restricciones afectan a la quema de vegetación natural y también a las de residuos agrícolas y forestales. Del mismo modo, también queda prohibido encender fuego para la preparación de alimentos, incluyendo las zonas de acampada o zonas recreativas que estén acondicionadas para ello. Igualmente, se restringe el uso de vehículos a motor por zonas forestales y de influencia forestal.
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