El importe definitivo de la ayuda a frutos de cáscara y algarrobas es de 31,07 €/ha
La ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los agricultores con plantaciones de almendro, avellano y algarrobo que cumplan los requisitos establecidos en Sección 4ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.
El objetivo de esta ayuda es frenar el abandono que afecta a dichas especies, con el consiguiente problema social, medioambiental y económico que conllevaría.
El FEGA fija el importe definitivo de la ayuda al tomate para industria en 179,82€ /ha
La dotación presupuestaria para la ayuda asociada al tomate para industria en la campaña 2017 asciende a 6.352.000 €.
En la presente campaña 2017, el número de hectáreas determinadas asciende a 35.311,43 Hectáreas (8.752,04 en Andalucía), lo que supone que el importe unitario definitivo de la ayuda queda fijado en 179,820960 €/Ha.
El importe definitivo de la ayuda a la remolacha azucarera en la zona sur asciende a 316,01 €/ha
La ayuda asociada a la remolacha azucarera, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los agricultores que produzcan remolacha azucarera que cumplan los requisitos establecidos en Sección 6ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.
El objetivo de esta ayuda es contribuir al mantenimiento del cultivo de la remolacha azucarera en las zonas tradicionales de producción, así como favorecer el adecuado suministro de materia prima a la industria transformadora asociada para asegurar la permanencia del complejo agroindustrial remolachero-azucarero.
Fijado en 114,722 €/ha el importe unitario definitivo de la ayuda asociada al arroz
La dotación presupuestaria para la ayuda asociada al cultivo del arroz para la campaña 2017 asciende a 12.206.000 euros.
En la presente campaña 2017, el número de hectáreas determinadas asciende a 105.667,72 Hectáreas (40.105,34 en Andalucía), lo que supone que el importe unitario definitivo de la ayuda queda fijado en 114,722097 €/Ha.
El importe provisional del Pago específico al algodón en la campaña 2017/2018 será de 995,63 €/ha
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado el importe unitario provisional de la ayuda del pago específico al cultivo del algodón para la campaña 2017/2018, que será de 995,635600 euros por hectárea.
Esta ayuda se concederá a los productores por hectárea de algodón determinada, es decir, que resulte admisible una vez realizados los controles administrativos, sobre el terreno y específicos de esta ayuda. Para ello, se deben cumplir los requisitos legalmente establecidos para la concesión de la ayuda, que se establecen en el Capítulo 2 del Título IV del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, así como en la Sección 8ª, del Capítulo I, Título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
Fijados los importes unitarios provisionales para la ayuda asociada al vacuno de cebo
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha fijado los importes unitarios provisionales de las ayudas asociadas para las explotaciones de vacuno de cebo en la campaña 2017. El objetivo de esta ayuda es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones de vacuno de cebo, y asimismo, con carácter específico en el caso de la Ayuda Asociada establecida en la Sección 8ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto, prestar un apoyo a los ganaderos de vacuno de cebo que hayan sido titulares de derechos especiales en 2014, y que, en la solicitud única de cada campaña, no dispongan de hectáreas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico.
El importe provisional de la ayuda asociada para ganaderos de ovino y caprino con derechos especiales es de 36,87€/ha
El objetivo de esta ayuda es la concesión de una ayuda a los titulares de explotaciones de ganado ovino y/o caprino que hayan mantenido derechos especiales en 2014, y no dispongan de hectáreas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico.
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